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La provincia de Buenos Aires contaría en poco tiempo más con una ley antitabaco que prohibirá fumar en todos los espacios cerrados -tanto públicos como privados- y prohibirá la venta de cigarrillos en los medios de transporte de pasajeros, museos, clubes, cines, teatros y estadios, así como cualquier otro lugar público. La "tolerancia cero" está establecida en un proyecto de ley que sería sancionado próximamente y que prevé, además de las restricciones, la puesta en marcha de programas de ayuda para los fumadores.
En la iniciativa que está siendo analizada por los diputados también se impide casi por completo la publicidad de tabaco, o sus derivados, en territorio bonaerense. Y los que violen estas disposiciones serán sancionados con multas que llegan, en el caso de los fabricantes, a los cinco millones de pesos.
El proyecto de "tolerancia cero" con el consumo de tabaco impulsado por los diputados modifica una iniciativa aprobada en abril por el Senado. Ese texto es más flexible, ya que contempla la posibilidad de que los comercios habiliten zonas para fumadores "debida y visiblemente señalizadas" (ver aparte).
MODIFICACIONES
La comisión de Prevención de las Adicciones de Diputados, que preside Sebastián Cinquerrui (Coalición Cívica), modificó por unanimidad el proyecto del Senado y eliminó por completo la posibilidad de fumar en espacios cerrados.
El proyecto, que ahora se encuentra en la comisión de Salud, cuyo titular Juan De Jesús consideró que los espacios públicos "tienen que ser cien por ciento libres de humo", prohíbe el consumo de tabaco en "todos los edificios públicos, tengan o no atención al público; lugares de trabajo en general; lugares privados de acceso al público, cualquiera sea su finalidad; los medios de transporte de pasajeros cualquiera sea su tipo y distancia, en tanto permanezcan y circulen en jurisdicción provincial".
También prohíbe la venta, promoción, exhibición o entrega a título gratuito de productos elaborados con tabaco en establecimientos educativos, públicos o privados, de todos los niveles; establecimientos sanitarios, públicos o privados; medios de transporte de pasajeros de todo tipo; museos, clubes, salas de espectáculos públicos como cines, teatros, estadios, así como cualquier otro lugar público; y en todos los edificios públicos".
Además, impide la comercialización a menores de 18 años y otorga un plazo de un año para que sean sacadas del mercado las máquinas automáticas expendedoras de productos elaborados con tabaco.
PUBLICIDAD
El proyecto prohíbe a los fabricantes, productores, comercializadores y distribuidores de este tipo de productos realizar el auspicio y patrocinio de todo tipo de actividad o eventos deportivos, recreativos o culturales; así como publicitar sus productos por cualquier medio, incluyendo la indumentaria, en el interior de espacios destinados a actividades deportivas, recreativas o culturales.
También prohíbe la publicidad en la vía pública, estática o dinámica, o bajo cualquier otra modalidad, de productos elaborados con tabaco, o el uso de marcas registradas, nombres o razón social del fabricante.
Establece, además, que la publicidad de los productos elaborados con tabaco sólo podrá realizarse en el interior de los lugares de venta de los mismos o en las publicaciones comerciales y técnicas destinadas exclusivamente a personas o instituciones vinculadas directamente con la industria del tabaco.
El diputado Cinquerrui aseguró que la iniciativa -que toma como base el texto del senador Julio Salemme- "cuenta con el apoyo de la subsecretaría de Adicciones de la Provincia y también sería avalada por el ministerio de Salud". Y se mostró confiado en que pronto será convertida en ley.
SANCIONES
Los que violen la ley serán sancionados con multas que van desde mil pesos (para los propietarios de comercios en los que estará prohibido fumar) a cinco millones de pesos (para los fabricantes). A diferencia del texto aprobado por el Senado, no habría sanciones para los fumadores.
Asistencia a los consumidores
El proyecto que avanza en la Cámara de Diputados prevé la asistencia a los consumidores de tabaco y la implementación de programas preventivos en las escuelas, tendientes a explicar los efectos perjudiciales producidos por este producto.
La iniciativa establece, puntualmente, que el gobierno provincial "implementará programas de prevención, rehabilitación y asistencia gratuita destinadas a las personas que consuman tabaco y estén interesadas en recuperarse de esta adicción".
Por otra parte, dispone la incorporación en todos los niveles de educación de la Provincia de proyectos y programas "orientados a informar a los alumnos sobre los efectos perjudiciales para la salud producidos por el consumo de tabaco y sobre la importancia de desarrollar un ámbito educativo cien por ciento libre de humo de tabaco".
El objetivo es, según se explica en el proyecto, "crear nuevas generaciones de no fumadores y conciencia sobre el daño que ocasiona el humo de tabaco ajeno".
Cambios a un proyecto
En el proyecto aprobado en abril, los senadores propusieron zonas para fumadores, que deberían estar separadas físicamente del resto de las dependencias del centro o entidad y completamente compartimentadas, y no ser lugares de paso obligado para las personas no fumadoras, salvo que éstas tengan la condición de trabajadoras o empleadas en aquéllas".
También determinaron que "en los establecimientos privados en los que el espacio común no permita la separación de áreas para fumadores y no fumadores, se permitirá la habilitación como lugar de fumadores, siempre que se dispongan sistemas de ventilación independiente u otros dispositivos o mecanismos que permitan garantizar la eliminación de humos".

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