La provincia de Buenos Aires
contaría en poco tiempo más con una dura ley antitabaco que
prohibirá fumar en todos los espacios cerrados -tanto públicos
como privados- y no permitirá la venta de cigarrillos en los
medios de transporte de pasajeros, museos, clubes, cines, teatros
y estadios.
La denominada "tolerancia cero" está establecida en un proyecto
de ley que sería sancionado próximamente y que prevé, además de
las restricciones, la puesta en marcha de programas de ayuda para
los fumadores.
En la iniciativa que está siendo analizada por los diputados
también se impide casi por completo la publicidad de tabaco, o sus
derivados, en territorio bonaerense.
Y aquellos que violen estas disposiciones serán sancionados con
multas que llegan, en el caso de los fabricantes, a los cinco
millones de pesos.
El proyecto de "tolerancia cero" con el consumo de tabaco
impulsado por los diputados modifica una iniciativa aprobada en
abril por el Senado, según destacó en su edición de la fecha el
diario El Día de esta ciudad.
Ese texto es más flexible, ya que contempla la posibilidad de
que los comercios habiliten zonas para fumadores "debida y
visiblemente señalizadas".
La comisión de Prevención de las Adicciones de Diputados, que
preside Sebastián Cinquerrui (Coalición Cívica), modificó por
unanimidad el proyecto del Senado y eliminó por completo la
posibilidad de fumar en espacios cerrados.
El proyecto, que ahora se encuentra en la comisión de Salud,
cuyo titular Juan De Jesús consideró que los espacios públicos "tienen que ser cien por ciento libres de humo", prohíbe el
consumo de tabaco en "todos los edificios públicos, tengan o no
atención al público; lugares de trabajo en general; lugares
privados de acceso al público, cualquiera sea su finalidad; los
medios de transporte de pasajeros cualquiera sea su tipo y
distancia, en tanto permanezcan y circulen en jurisdicción
provincial".
También prohíbe la venta, promoción, exhibición o entrega a
título gratuito de productos elaborados con tabaco en
establecimientos educativos, públicos o privados, de todos los
niveles; establecimientos sanitarios, públicos o privados; medios
de transporte de pasajeros de todo tipo; museos, clubes, salas de
espectáculos públicos como cines, teatros, estadios, así como
cualquier otro lugar público; y en todos los edificios públicos". Además, impide la comercialización a menores de 18 años y
otorga un plazo de un año para que sean sacadas del mercado las
máquinas automáticas expendedoras de productos elaborados con tabaco.
El proyecto prohíbe a los fabricantes, productores,
comercializadores y distribuidores de este tipo de productos
realizar el auspicio y patrocinio de todo tipo de actividad o
eventos deportivos, recreativos o culturales; así como publicitar
sus productos por cualquier medio, incluyendo la indumentaria, en
el interior de espacios destinados a actividades deportivas,
recreativas o culturales.
También prohíbe la publicidad en la vía pública, estática o
dinámica, o bajo cualquier otra modalidad, de productos elaborados
con tabaco, o el uso de marcas registradas, nombres o
razón social del fabricante.
Establece, además, que la publicidad de los productos
elaborados con tabaco sólo podrá realizarse en el interior de los
lugares de venta de los mismos o en las publicaciones comerciales
y técnicas destinadas exclusivamente a personas o instituciones
vinculadas directamente con la industria del tabaco.
El diputado Cinquerrui aseguró que la iniciativa -que toma como base el texto del senador Julio Salemme- "cuenta con el apoyo de
la subsecretaría de Adicciones de la Provincia y también sería
avalada por el ministerio de Salud", y se mostró confiado en que
pronto será convertida en ley.
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